Rehabilitaciones Integrales de todo tipo de Vivienda y todo tipo de Edificios o Edificaciones

1. Realización de Anteproyecto de forma gratuita.
Según sus necesidades.
Realización de un Anteproyecto capitaneado por nuestro equipo de arquitectos e interioristas atendiendo a sus necesidades.

2. Presupuestos llave en mano.
Cerrados en precio y en plazo.
Los proyectos se realizan “llave en mano”, para que usted no se tenga que preocupar por ningún fleco o pormenor.

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Disponemos de los mejores profesionales con un seguimiento personalizado de cada cliente en cada momento.

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Diseño y construcción atendiendo a las necesidades particulares de cada cliente y acorde con sus necesidades.

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Gestión integral “llave en mano” de proyectos de arquitectura e interiorismo.

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                                                                        NUEVA DEDUCCIÓN POR OBRAS DE MEJORA EN LA VIVIENDA HABITUAL

El Real Decreto Ley 6/2010 introdujo una nueva deducción temporal a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por obras de mejora en la vivienda habitual. Así para la aplicación de la referida deducción se deberán cumplir los siguientes requisitos:

􀂃 Contribuyentes con base imponible a efectos del Impuesto inferior a 53.007,20 euros anuales.

􀂃 Obras realizadas desde la entrada en vigor del Real Decreto Ley (14 de abril de 2010) hasta el 3 1 de diciembre de 2012 en la vivienda habitual o en el edificio en que ésta se encuentre.

􀂃 Las obras deben tener por objeto la mejora de la eficiencia energética, la higiene, salud y protección del medio ambiente, la utilización de energías renovables, la seguridad y la estanqueidad, sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros, o favorezcan la accesibilidad al edificio o la vivienda, así como por obras de instalación de infraestructuras de telecomunicaciones que permitan el acceso a Internet y a servicios de televisión digital en la vivienda habitual del contribuyente.

􀂃 En ningún caso darán derecho a la deducción las obras realizadas en plazas de garaje, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas u otros elementos análogos.

􀂃 El pago deberá realizarse mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito, a la persona o personas que realicen la obra

El importe de la deducción que se podrá practicar se corresponde con el 10% de las cantidades satisfechas por la realización de las obras con los siguientes límites:

Límite por declaración:
􀂾 Cuando la base imponible sea igual o inferior a 33.007,20 euros: 4.000 euros.

􀂾 Cuando la base imponible esté comprendida entre 33.007,20 euros y 53.007,20 euros: 4.000 euros menos el resultado de multiplicar por 0,2 la diferencia entre la base imponible y 33.007,20 euros.

Límite por vivienda.
􀂾 Entre el 14 de abril de 2010 y el 3 1 de diciembre de 2012, la base acumulada de la deducción no puede exceder de 12.000 euros. Cuando concurran varios titulares con derecho a la deducción este límite se distribuirá entre los copropietarios en función de sus respectivos porcentajes de propiedad.

Límite temporal.
􀂾 Las cantidades no satisfechas por exceder de los límites establecidos podrán ser deducidos en los cuatro ejercicios posteriores.